Según un informe de la Agencia de Alimentación de Gran Bretaña.
El gobierno recomienda a los padres que miren las etiquetas.
Los expertos abogan por prohibir la mayoría de estos aditivos.
Es un negocio de cerca de 18.000 millones de dólares anuales.
Los helados, bollos y pasteles, con sus colores y texturas atractivas para los niños pueden ser un alma de doble filo para ellos.
Algunos de los aditivos que tienen estos alimentos provocan hiperactividad y comportamientos problemáticos en los más pequeños, según un estudio pionero realizado por la Agencia de Alimentación británica y recogido por el diario The Guardian. Ahora tenemos "evidencias claras" de estos efectos negativos, ha asegurado uno de los responsables del estudio.
La industria de los aditivos genera un negocio de cerca de 18.000 millones de euros al año
El gobierno no ha tardado en reaccionar y ha recomendado a los padres que lean bien las etiquetas, una actitud que ha sido criticada por varios expertos y defensores del consumidor, que creen que se ha perdido una buena oportunidad para prohibir estos aditivos definitivamente.
La industria de los aditivos genera un negocio de cerca de 18.000 millones de euros al año, pero este descubrimiento afecta a toda la industria alimenticia, un negocio mucho mayor.
El estudio ha sido realizado en la universidad de Southampton entre cerca de 300 niños de distintas edades, a los que se les dieron distintos aditivos, especialmente colorantes y benzonato de sodio (un conservante muy usado).
Otro estudio publicado en agosto revelaba que los alimentos dietéticos podían generar obesidad infantil .
2 comentarios:
Donde no hay justicia es peligroso tener razón, ya que los imbeciles son mayoria. Quevedo
Estimados : como Profesor Universitario, de la Universidad Kennedy. Dictaba cinco asignaturas, entre ellas, Ejercicio y Administración Farmacéutica. Con mas de 50 excelentes alumnos, inquisitivos, ávidos de adquirir conocimientos, mi misión además de enseñar Legislación Farmacéutica, era explicarles como es esta actividad comercialmente, tal es así, que como trabajo practico averiguamos al azar el costo de un descongestivo nasal en gotas, droga base nafazolina, tiempo en el mercado mas de 40 años, consultado el proveedor mas importante de drogas para la industria farmacéutica, dio el costo por frasco, 0,03 centavo, precio de venta 11,25 pesos, ganancia por unidad 37500 %, por supuesto esto no tiene parangón con ninguna actividad licita, a todo esto se me invita el 5 de junio de 2007 al Anexo de la Cámara de Diputados de la Nación, donde se realizaron unas Jornadas sobre “ Ética y Medicamentos “ estando presentes, legisladores, funcionarios gremialistas , las Cámaras Farmacéutica que supuestamente no habían sido invitadas, pero ahí estaban en segunda fila, farmacéuticos, etc, finalizada la Jornada se podían exponer posiciones de cada uno que quisiera hablar, yo fui uno de ellos y en particular me dirigí a las Cámaras de la Industria a los que tenia a pocos metros, el drama es la accesibilidad de nuestro pueblo a los fármacos, se nos mueren compatriotas, en particular niños ,muchos de ellos muy pequeños y esta gente sin ninguna culpa gana el 37500 %, esto es un escándalo de proporciones y el Estado debe y puede solucionarlo, no puede hacerse el distraído .
La respuesta a mis palabras no se hizo esperar, no para intentar solucionar el tema sino para sacarme del medio. Me cito mi Decano Dr, Capon Filas y La Directora de Farmacia Farmaceutica Magariños, y con un discurso Kafkiano e hiriente, me sacaron la cátedra de Farmacia, días después todas las demás, no estoy arrepentido, no puedo ser cómplice de tamaño despropósito.
Como curiosidad mi ultimo sueldo, aguinaldo incluido fueron 231 Pesos.
Lo saludo cordialmente.
Profesor Universitario.
Eduardo Marcelo Cocca
e-mail : profcocca@gmail.com
ESTOS SON LOS MAIL DE LAS PERSONAS RESPONSABLES DE MI SEPARACION DE TODAS MIS CATEDRAS, ES A LOS EFECTOS DE QUE SI ALGUIEN LES QUIERE DECIR ALGO.
UN FRATERNAL ABRAZO A TODOS
EDUARDO COCCA
Dr. : Rodolfo Capón Filas caponfilas@fibertel.com.ar
Farmacéutica : Maria del Carmen Magariños
magarino@biol.unlp.edu.ar
mcmagarinos@fibertel.com.ar
Rectorado
rectorado@kennedy.edu.ar
Este es un e-mail legal, libre de virus y contiene informacion que consideramos de su interés.
De acuerdo con la nueva Ley argentina Nº 26032 la libre distribución este email está autorizada
por tratarse de propósitos de información, sin embargo, si le hemos causado alguna molestia por el mismo,
le rogamos acepte nuestras disculpas y nos envie un mail a
ecocca@fibertel.com.ar para no ser contactado nuevamente.
SERVICIO DE INTERNET
Ley 26.032
Establécese que la búsqueda, recepción y difusión de información e ideas por medio del servicio de Internet se considera comprendida dentro de la garantía constitucional que ampara la libertad de expresión.
Sancionada: Mayo 18 de 2005
Promulgada de Hecho: Junio 16 de 2005
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1°
— La búsqueda, recepción y difusión de información e ideas de toda índole, a través del servicio de Internet, se considera comprendido dentro de la garantía constitucional que ampara la libertad de expresión.
ARTICULO 2°
— La presente ley comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 3°
— Comuníquese al Poder Ejecutivo.
—REGISTRADA BAJO EL N° 26.032—
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CINCO.
EDUARDO O. CAMAÑO. — MARCELO A. GUINLE. — Eduardo D. Rollano. — Juan Estrada.
Universidad John F. Kennedy, Condenada por DISCRIMINACION y DESPIDO
SENTENCIA DEFINITIVA E INAPELABLE
Bienaventurados los que tienen hambre y sed de justicia, porque ellos serán saciados….
Sentencia definitiva por Discriminación, en perjuicio del profesor Eduardo Marcelo Cocca, Juzgado 12 de la Justicia Laboral de la Capital Federal, condenando a la Universidad John F. Kennedy, Tanbién son condenados en el juicio laboral. Que oportunamente le iniciara el profesor Cocca. Fallo de diciembre 2008
SENTENCIA N* 22.232 en el siguiente link :
http://sentenciafallo.blogspot.com/
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